La compra de un vehículo eléctrico Audi Q4 E-TRON modelo 2025 por el ministro de Economía, José Luis Espinoza, generó una afectación en la recaudación fiscal de la Alcaldía de La Paz. Aunque el automóvil se adquirió por Bs 350.000, en la minuta de transferencia notarial se declaró un valor significativamente menor, de Bs 50.000, lo que derivó en una declaración incorrecta para el cálculo del impuesto municipal.
Detalles del informe tributario
Según el informe oficial titulado “Régimen tributario aplicable a la transferencia de vehículos eléctricos en Bolivia”, el Impuesto Municipal a la Transferencia (IMT) se calculó sobre un valor inferior al real, lo que ocasionó una pérdida de ingresos para la Alcaldía paceña.
- El vendedor registrado es Nicolás Mitru Aguilar y el comprador, José Gabriel Espinoza Yáñez.
- El precio real pagado por el vehículo fue Bs 350.000.
- El valor declarado en la minuta notarial fue sólo Bs 50.000.
- El valor de referencia del RUAT Aduanas es de Bs 232.571, usado como base mínima para calcular el impuesto municipal.
Cálculo del impuesto y afectación fiscal
El valor declarado en la minuta fue menor que el precio real, por lo tanto, el sistema del Registro Único para la Administración Tributaria (RUAT) aplicó de oficio el valor aduanero de Bs 232.571 para calcular el impuesto, resultando en un pago de Bs 6.977 (equivalente al 3%). Sin embargo, sobre el monto real de Bs 350.000, el impuesto debería haber sido de Bs 10.500.
Esto implica una pérdida fiscal para la Alcaldía de Bs 3.523. No se generaron multas ni intereses porque el pago se realizó un día después del plazo establecido, pero la diferencia representa una omisión de pago que puede ser sancionada.
Implicaciones legales
El informe determina que la declaración de un valor inferior en la minuta notarial no configura un delito penal, pero sí se considera una contravención tributaria por omisión de pago.
Esto quiere decir que podría sancionarse con multas e intereses, pero no con procesos penales, dado que la afectación fiscal no supera el umbral necesario para tipificar un delito tributario, fijado en aproximadamente Bs 26.900 (10.000 UFV).
La Alcaldía tiene además la potestad de revisar el caso en un plazo de cuatro a cinco años, a pesar de que el trámite en RUAT aparece como concluido y con la placa asignada.
Fuente original: Los Tiempos
Enlace de la noticia original: https://www.lostiempos.com/actualidad/pais/20260813/caso-vehiculo-espinoza-informe-senala-afectacion-fiscal-bs-3523-califica
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